lunes, 2 de diciembre de 2019

Competencias Profesionales y Código Deontológico




Como profesionales del ámbito de la Orientación Educativa, es conveniente que tengamos en cuenta numerosos aspectos para desempeñar nuestra labor de la mejor manera posible. Es por eso que se hace necesario que conozcamos la normativa que regula nuestra labor profesional.



Por ello, si revisamos  el Decreto 234/1997, de 2 de septiembre, del Gobierno Valenciano, por el que se aprueba el Reglamento orgánico y Funcional de los institutos de educación secundaria junto al Decreto 131/1994, de 5 de julio, del Gobierno Valenciano, por el que se regulan los servicios especializados de orientación educativa, psicopedagógica y profesional, podemos extraer algunas conclusiones relacionadas directamente con las funciones del Orientador/a Educativo en los Centros de Educación Secundaria y en los Servicios Especializados de Orientación Educativa.
Si nos centramos en las diferencias que existentes entre los Orientadores Educativos de Educación Infantil y Primaria respecto a las de los Orientadores Educativos en Educación Secundaria podemos mencionar diferentes cuestiones. En primer lugar, podemos decir que el Orientador Educativo de Infantil y Primaria tiene un papel de agente externo, es decir forma parte de la Comisión de Coordinación Pedagógica, aunque sus opiniones no cuentan en las decisiones finales, y además, no realiza guardias. En cambio los  Orientadores educativos de Secundaria pueden impartir docencia y son agentes internos que forman parte del equipo de docente, teniendo un papel más central ya que tiene voz y voto en las decisiones del claustro. En segundo lugar, el Orientador de Secundaria aporta información y orientación académica y profesional al finalizar las etapas de ciclo de ESO y de Bachillerato, e información sobre los itinerarios alternativos como la Formación Profesional. Mientras que el Orientador de  Infantil y Primaria se encarga, sobretodo,  de realizar evaluaciones e informes sociopsicopedagógicos de atención temprana en los primeros ciclos.
Además de conocer y manejar la normativa relacionada con nuestro puesto de trabajo, es importante que enmarquemos las tareas que realicemos siempre dentro de los principios del Código Deontológico de nuestra profesión, independientemente del enfoque teórico que estemos utilizando con nuestra intervención ( clínico, de programas o de consulta). Podemos definir como Código Deontológico a la serie de principios y normas que rigen la actuación de los profesionales de un ámbito profesional determinado, en este caso los profesionales de la Orientación Educativa. Ejemplo de algunos de estos principios serían el de privacidad y confidencialidad, respeto, consentimiento informado y autodeterminación.
El equipo directivo de una localidad próxima en Valencia le pide a la orientadora del centro que haga un listado de alumnos del centro escribiendo toda la información acerca de (separación de los padres, casos de alcoholismo progenitores, maltratos...), Información obtenida en la reunión del equipo de transición. ¿Esta información le obligan hay que dársela a los tutores ? ¿Cómo debe actuar el orientador?, ¿Qué cosas su relevantes que conozca el tutor para trabajar en el aula?. En qué legislación debes basarte para argumentar.
La orientadora no tiene obligación de realizar un listado con la información personal de todos los alumnos/as del centro. En el caso de que el tutor quiera recabar información personal no académica de un alumno/na concreto deberá acudir al expediente académico para acceder a estos datos. Pero si es necesaria alguna intervención por parte de la orientadora del centro, el tutor y la orientadora se reunirán.
El tutor/a debería saber información académica (si tiene dificultades, si ha cursado más veces un mismo curso, si posee alguna adaptación curricular...). Si quisiera profundizar más sobre algún alumno/a debería tener una reunión con el Orientador/a.
La legislación en la que deberíamos basarnos es la Ley de Protección de Datos apartado 3.5. resolución de 28 de junio de 2018.

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